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El Gobierno analizará con Baleares la inconstitucionalidad de la restricción al diésel y la gasolina

Los Ejecutivos central y autonómico abordarán en una Comisión Bilateral de Cooperación una serie de discrepancias sobre la inconstitucionalidad de unos contenidos de la Ley de Cambio Climático, entre ellos los que se refieren a la limitación a la circulación de los vehículos nuevos diésel y gasolina en 2025 y 2035, respectivamente.

El Parlamento de Islas Baleares aprobó la ley de Cambio Climático el 12 de febrero

El Gobierno ha decidido convocar una Comisión Bilateral de Cooperación con Islas Baleares para resolver unas discrepancias sobre la posible inconstitucionalidad de una serie de regulaciones recogidas en la Ley balear de Cambio Climático y Transición Energética, entre las cuales se encuentra la restricción a la circulación de los vehículos diésel en 2025 y de los que emiten CO2 en 2035, según han informado a La Tribuna de Automoción fuentes administrativas.

Esa limitación, que levantó una exacerbada polémica con el sector de automoción, se estructura en términos generales en el artículo 67 de la citada normativa, que se integra en el título quinto, y se concreta en la Disposición Adicional Tercera.

En el primer caso, se establece, entre otras cosas, que, con el objetivo de que en 2050 “la totalidad de los vehículos a motor que circulen por las redes viarias de las Islas Baleares sean libres de emisiones”, el Ejecutivo autonómico “podrá limitar en el territorio […] la entrada y la circulación de vehículos susceptibles de producir emisiones que superen los valores límite de calidad de aire fijados, en el marco de la legislación estatal sobre calidad de aire y protección de la atmósfera”.

Este marco genérico se plasma, en el segundo apartado, con un calendario de adaptación que fija que, “a partir del 1 de enero de 2025, quedará prohibida la circulación de motocicletas y turismos que utilicen diésel como combustible, salvo aquellos respecto a los que se establezcan reglamentariamente excepciones por razones de servicio público o de su radicación previa en el territorio de la comunidad autónoma”; mientras que, “a partir del 1 de enero de 2035, quedará prohibida la circulación de motocicletas, turismos, furgones y furgonetas que no sean libres de emisiones”, exceptuando los casos reseñados anteriormente.

Sobre esta regulación, el Gobierno considera que se “podrían estar invadiendo competencias estatales de tráfico y circulación”, según subrayan a esta publicación fuentes de la Administración central, que añaden que también atentaría contra la legislación comunitaria porque la UE indica “expresamente que los estados miembro y sus territorios no podrán impedir la libre circulación de vehículos homologados”.

El cuestionamiento de la ley balear procede de varios informes técnicos de Ministerios, entre ellos los de Industria y Fomento, según fuentes administrativas, que indican, por su parte, que Transición Ecológica no habría puesto reparos. Y es que la titular de esa cartera, Teresa Ribera, ha sido siempre una firme defensora de la normativa insular.

Vía alternativa

La decisión de convocar la Comisión Bilateral, regulada en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, busca la consecución de un pacto para modificar la ley y así evitar un recurso de inconstitucionalidad. La elección de esta vía negociadora tiene que activarse dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la legislación —entró en vigor el 2 de mayo, después de publicarse el 2 de marzo—, teniendo que informarse de la aceptación de las partes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la comunidad autónoma. Fuentes ministeriales señalan que la previsión es que la notificación se haga en el BOE en torno al 18 de junio.

A partir de la activación de este proceso, la alternativa del recurso de inconstitucionalidad, si no fuera posible alcanzar el consenso, se tendrá que iniciar como tarde a los nueve meses de la publicación de la ley, abriéndose, por tanto, para el diálogo un periodo de alrededor de seis meses.

Fuentes de Baleares explican a este medio que recibieron la comunicación para convocar la comisión el 27 de mayo y que ya se remitió la contestación para que se abra el órgano “lo antes posible”. Estas mismas fuentes declaran que se presentarán en las reuniones bilaterales unos argumentos sólidos de defensa de la ley de Cambio Climático, confiando en que se llegue a un acuerdo y no sea necesario que el Gobierno central tenga que recurrir a un recurso de inconstitucionalidad.

La autonomía balear pone como ejemplo la ley de vivienda que aprobó en mayo de 2018 y sobre la que se abrió una comisión bilateral con el Estado para resolver una serie de discrepancias acerca de su constitucionalidad. Este órgano llegó a un acuerdo para introducir algunas modificaciones en la normativa, que fue formalizado el pasado 5 de abril.

Mario Armero, vicepresidente ejecutivo de Anfac, ha impulsado la ofensiva contra la normativa balear

Reacción del sector

Ante la ley de Cambio Climático, la Asociación Española de Fabricantes de Vehículos (Anfac) inició una ofensiva para evitar que se acaben aplicando las restricciones a la circulación. Por un lado, presentó una denuncia ante la Comisión Europea por vulneración de “la libertad de circulación de mercancías y personas, la libre prestación de servicios, el marco de homologación de vehículos, los procedimientos en materia de reglamentaciones técnicas e, incluso, subsidiariamente, del Tratado de Funcionamiento de la UE”.

Esta fue admitida a trámite, a pesar de que la patronal la presentó antes de tiempo, es decir, previamente a que la normativa estuviese en vigor, lo que habilitaría a Bruselas a analizar su legalidad.

Por otro lado, Anfac cursó un procedimiento de información ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, dependiente del Ministerio de Economía, por posible incumplimiento de la ley de garantía de la unidad de mercado. Esta vía no tuvo recorrido, porque, nuevamente, fue activada antes de la aprobación de la legislación, por lo que el órgano público contestó a la asociación de constructores que no podía emitir un informe, puesto que no podía analizar unos supuestos “obstáculos” a la unidad de mercado cuando ni siquiera existían.

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